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Laura Román informa que Agricultura y Pesca asesorará sobre las ayudas de fomento de la pesca-turismo y diversificación pesquera

Laura Román informa que Agricultura y Pesca asesorará sobre las ayudas de fomento de la pesca-turismo y diversificación pesquera

Radiotelevisión municipal de Chipiona, 13 de abril de 2021.

La Delegación de Agricultura y Pesca del Ayuntamiento de Chipiona ha informado que el pasado martes 6 de abril fue publicado en el BOJA el Decreto 129/2021, de 30 de marzo, por el que se regula y fomenta la actividad de pesca-turismo y otras actividades de diversificación pesquera y acuícola en la Comunidad Autónoma de Andalucía. El departamento que dirige Laura Román asesorará a las personas y entidades interesadas en ello.

La norma tiene como objeto y finalidad de las actividades de diversificación pesquera y acuícola mejorar o complementar las rentas de las personas profesionales que integran el sector pesquero y acuícola, para lo cual habrá que realizar alguna de las siguientes actividades: difundir el patrimonio histórico o cultural, las tradiciones, los oficios, la gastronomía y la cultura vinculados a la actividad de la pesca extractiva, el marisqueo, la acuicultura y la pesca con el arte de almadraba. Promover y revalorizar los productos de la pesca y la acuicultura así como divulgar las técnicas pesqueras, las artes y aparejos de pesca y marisqueo así como la evolución social, económica y tecnológica de la actividad profesional. Así mismo, divulgar las técnicas acuícolas y procesos de cultivo de las especies, difundir las medidas de conservación del medio natural en el que se desarrollan las actividades de pesca y acuicultura, divulgar la contribución de las mujeres en el sector pesquero y acuícola y favorecer su mayor integración en todos los niveles. Además, se incluye cualquier otra que permita la dinamización social y económica de la actividad de la pesca, el marisqueo y la acuicultura, así como la promoción del sector de la pesca, el marisqueo y la acuicultura y sus productos.

Podrán desarrollar estas actividades tanto personas físicas como jurídicas que se encuadren en alguno de los siguientes casos: las personas titulares de las autorizaciones, concesiones y licencias de pesca, marisqueo y acuicultura; las cofradías de pescadores, asociaciones de armadores, asociaciones de mujeres de la pesca, organizaciones de productores del sector de la pesca o de la acuicultura o cualquier otra organización representativa del sector pesquero, marisquero y acuícola, así como las entidades mercantiles constituidas junto con las personas descritas anteriormente con operadores turísticos u otras empresas de servicios vinculados con el desarrollo de actividades turísticas, de recreo, educativas o culturales objeto del decreto, siempre que estén integradas en su mayoría por personas, empresas u organizaciones del sector de la pesca, el marisqueo o la acuicultura y que el porcentaje de acciones o participaciones pertenezca en más de un 50% a las empresas o entidades de los sectores mencionados en dichos párrafos.

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