María Naval recuerda que hasta el 11 de febrero se pueden solicitar ayudas para el comercio minorista, de hostelería y agencias de viajes

María Naval recuerda que hasta el 11 de febrero se pueden solicitar ayudas para el comercio minorista, de hostelería y agencias de viajes

Radiotelevisión municipal de Chipiona, 1 de febrero de 2021.

La delegada de Comercio del Ayuntamiento de Chipiona, María Naval, ha vuelto a insistir hoy en la posibilidad que tienen las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos de comercio minorista y de la hostelería y agencias de viajes afectadas por la declaración del estado de alarma de solicitar hasta el próximo 11 de febrero las ayudas de hasta 1.000 euros.

Naval ha explicado que los requisitos para acceder a estas ayudas son tener domicilio fiscal en Andalucía, desarrollar la actividad con anterioridad al 14 de marzo de 2020 y que la misma se mantenga vigente hasta el día en que se presente su solicitud. En el caso de personas físicas, habrá que acreditar el alta en el RETA a 14 de marzo y mantenerla hasta el día de presentación de la solicitud. Así mismo, deberán acreditar una caída de ventas o ingresos motivada por la covid-19 de al menos un 20% en el ejercicio 2020 respecto al de 2019. La caída de ventas o ingresos se medirá comparando los ingresos obtenidos en el segundo trimestre del ejercicio 2020 y los obtenidos en el segundo de 2019. Además, se necesario acreditar que no eran una empresa en crisis a 31 de diciembre de 2019. En el caso de Pymes de personas autónomas se entenderá cumplido el requisito de empresa en crisis con el cumplimiento del alta en RETA a 14 de marzo y su mantenimiento hasta la fecha de la solicitud de esta ayuda y que no incurran en ninguna de las causas establecidas en la Ley General de Subvenciones y Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía para no ser beneficiario de ayudas públicas. Por último, deberán acreditar su condición de Pyme.

Las personas beneficiarias estarán obligadas a mantener su condición de persona trabajadora por cuenta propia o autónoma, continuando de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos ininterrumpidamente durante, al menos, tres
meses a contar desde el día siguiente a aquél en que se inicie el plazo de presentación de solicitudes.

María Naval recuerda por último que la presentación de solicitudes será única y exclusivamente de forma telemática.

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