El Ayuntamiento de Chipiona amplía el periodo de zambombas y actividades festivas navideñas del 5 de diciembre al 6 de enero

El Ayuntamiento de Chipiona amplía el periodo de zambombas y actividades festivas navideñas del 5 de diciembre al 6 de enero

Radiotelevisión municipal de Chipiona, 3 de diciembre de 2019.

Un nuevo bando municipal ha modificado la normativa referida a la celebración de zambombas y actividades festivas populares o tradicionales tanto en establecimientos de hostelería como en otros lugares de Chipiona. La Delegación de Comercio ha establecido que el periodo será desde el 5 d e diciembre de 2019 al 6 de enero de 2020.
Por otra parte, el departamento que dirige María Naval ha ampliado el horario de cierre de establecimientos desde el 22 de diciembre al 6 de enero. Dentro del referido periodo, los de hostelería podrán cerrar los viernes, sábados, domingos y festivos hasta las 5:00 h. y el resto de los días hasta a las 4:00 h. y los establecimientos considerados especiales de hostelería con música los viernes, sábados y festivos a las 6:00 h. y los días restantes a las 5:00 h. Las terrazas y veladores cerrarán a las 2:30 h. los sábado, domingos y festivos y media hora antes los demás días.
En los establecimientos con música o de carácter especial podrán funcionar equipos de sonido desde las 12:00 h. hasta el cierre. No obstante, dentro de los todo tipo de establecimientos será posible hacer zambombas, actuaciones musicales o actividades de pequeño formato en su interior desde las tres de la tarde a las doce de la noche previa comunicación al ayuntamiento con al menos un día de antelación.
En las terrazas y veladores podrán utilizarse equipos de sonido del 5 de diciembre al 6 de enero los viernes, sábado, festivos y vísperas de festivos desde las 18:00 a las 24:00 h. y las zambombas y actividades de pequeño formato de 15:00 a 24:00 h. En este caso es necesario la comunicación en el registro municipal al menos con diez días de antelación.
Finalmente, las zambombas o cualquier otra actividad en vías o espacios públicos se permitirán solamente a asociaciones, establecimientos comerciales o de hostelería sin ánimo de lucro, siendo necesaria también la presentación de la solicitud en el registro municipal al menos diez días antes.

Artículos relacionados

Leave a reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.