Desmontadas por la Guardería Rural de Chipiona dos redes para la caza ilegal de aves insectívoras

Desmontadas por la Guardería Rural de Chipiona dos redes para la caza ilegal de aves insectívoras

Radiotelevisión municipal de Chipiona, 13 de junio de 2018.
La Guardería Rural de Chipiona ha protagonizado una nueva actuación contra la caza ilegal de aves insectívoras. Gracias a la colaboración ciudadana, en esta ocasión han podido ser desmontadas dos redes de las denominadas invisibles en la zona de Costa Ballena, en concreto, dos paños de nueve metros cada uno. A pesar de los esfuerzos realizados, no se pudo identificar al infractor.

Desde la Delegación de Medio Ambiente se destaca que la localidad en estos últimos años se está tomando muy en serio la erradicación de la caza ilegal de aves insectívoras. Las diferentes campañas de concienciación iniciadas desde el Club de Amigos de la Naturaleza CANS en colaboración con el Ayuntamiento de Chipiona, así como las actuaciones llevadas a cabo por la Guardia Civil de la localidad, han hecho que disminuya de manera considerable la colocación en diferentes lugares del término municipal de instalaciones de caza ilegal como redes invisibles o reclamos automáticos.

Desde el área municipal se informa que cada año cientos de miles de aves protegidas son capturadas por métodos de caza ilegal. La caza de la mismas está incluso tipificada en el Código Penal conllevando multas o penas que pueden alcanzar hasta dos años de cárcel. Además, apunta, existe una normativa que las protege. La Ley 4/1986, del 27 de marzo, de Conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres establece en su artículo 26.1 un marco general de protección para todas las especies de flora y fauna, concediendo a las Administraciones Públicas la responsabilidad de la conservación de las especies que viven en estado silvestre en el territorio español. En el apartado 4 de ese mismo artículo establece con rotundidad la prohibición de «dar muerte, dañar, molestar o inquietar intencionadamente a los animales silvestres, incluyendo su captura en vivo y la recolección de sus huevos o crías, así como alterar y destruir la vegetación. En relación a los mismos quedan igualmente prohibidos el tráfico y el comercio de ejemplares vivos o muertos».

Las aves fringílidas y la mayor parte de aves insectívoras no están consideradas por la normativa como especies cinegéticas al no estar mencionadas en el Anexo I del Real Decreto 1095/1989, por lo queda terminantemente prohibida su caza y su comercio, según establece el Real Decreto 439/1990. Sin embargo, sigue existiendo un gran comercio de estas aves, tanto vivas como muertas para diversos fines, como su exportación y utilización como pájaros de jaula en el caso de las aves fringílidas e incluso su consumo como ‘pajaritos fritos’.

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